Campaña de inspección de servicios de asistencia técnica (sat) a domicilio: electrodomésticos/equipos informáticos.

Índice:

Objetivos y aspectos a vigilar.

Comprobar la adecuación a la norma de los Servicios de Asistencia Técnica no oficiales de marca a domicilio respecto de la protección de los derechos de las personas consumidoras. Para ello, se han realizado las siguientes acciones:

  • Comprobar y verificar que los documentos que se deben generar, tales como: Presupuesto, Factura, Hojas de reclamaciones y Garantía de las reparaciones, cumplen los requisitos establecidos en el Real Decreto 58/88, de 29 de enero, sobre protección de los derechos de la persona consumidora en el servicio de reparación de aparatos de uso doméstico.
  • Comprobar que los S.A.T. “no oficiales de marca” no hacen ostentación de referencias a marcas, tanto en el exterior como en el interior del taller, que puedan inducir a confusión o error a la persona consumidora.
  • Comprobar y verificar el cumplimiento de la información mínima que se ofrece a la persona consumidora en los servicios a domicilio realizados por los S.A.T. “no oficiales de marca” todo ello según el Real Decreto 58/88, de 29 de enero.

Carácter de la campaña.

Las actuaciones de control objeto de esta campaña se realizarán con carácter oficial, de manera que, en el caso de evidenciarse incumplimientos, se adopten las medidas pertinentes para la corrección de los mismos, pudiendo ser, asimismo, motivo de sanción.

Protocolo de inspección.

Estos protocolos son un documento guía para la actuación de la Inspección de Consumo, que en nada obstaculiza la posibilidad de que, en el curso de las actuaciones de vigilancia que se lleven a cabo, se puedan controlar otros aspectos de la normativa vigente no previstos en el mismo.

Normativa de la aplicación.

La legislación aplicable a la presente Campaña, a título informativo y sin carácter exhaustivo, es la siguiente:

¿Quieres poner una denuncia?

Te indicamos cómo proceder para interponer una denuncia de inspección y control.