Con carácter previo a la formulación de la solicitud de arbitraje se debe de reclamar a la empresa o profesional con quien haya surgido el conflicto. Una vez recibida contestación no satisfactoria para el consumidor o usuario, o transcurrido un mes sin respuesta, se puede formular dicha solicitud de arbitraje.
Junto a la solicitud de arbitraje debidamente cumplimentada (cuyo formulario se facilita abajo), el reclamante deberá acompañar la documentación que acredite la relación contractual con la empresa o profesional reclamado, la justificativa de los hechos que motivan la reclamación y su pretensión (contratos, facturas, presupuestos, etc.), así como cualquier otra que considere pertinente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve.
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos que no estén obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas podrán presentar sus solicitudes presencialmente en soporte papel en cualquiera de las oficinas destinadas al registro de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a las Administraciones Públicas (artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Para más detalles acerca del trámite, plazo de resolución, impugnación de la admisión/inadmisión de la solicitud, impugnación o solicitud de corrección, aclaración, complemento y extralimitación del laudo y, en general, sobre la normativa aplicable, consulta la ayuda aquí.